La medida llega 21 meses después del comienzo de las pruebas.
Los camiones con una masa máxima autorizada de 44 toneladas no
pueden circular por las carreteras de Cataluña desde las 24:00 horas de
ayer, 30 de septiembre. Un año y nueve meses después de aprobar la
resolución que permitía el tránsito de estos vehículos por las
carreteras de la región, el Servicio Catalán de Tráfico ha dejado sin
efecto esta regulación.
Así, tal y como informa Fenadismer, el organismo regional ha publicado una instrucción que establece que a partir de hoy, 1 de octubre, las 44 toneladas estarán vetadas en las carreteras catalanas, al igual que lo están en las del resto de España.
“Los vehículos con placas FV rojas (placas de autorización para el transporte de 44 toneladas) deberán ser retiradas y circular estrictamente de acuerdo con las determinaciones de la normativa de circulación y de transportes vigentes”, afirma expresamente la directriz firmada por el organismo catalán.
Desde Fenadismer ponen el acento en el hecho de que “el propio Servicio Catalán de Tráfico reconoce, pese a haber aprobado de forma unilateral dicha medida, que carece de competencias en materia de pesos y dimensiones de los vehículos”. Además, el ente autonómico afirma que la circulación de vehículos de transporte con 44 toneladas de MMA durante 21 meses ha sido “una “prueba experimental por medio de la cual se ha recogido información abundante que permitirá evaluar la incidencia en sus diversos aspectos”.
La Generalitat tendrá en cuenta esa evaluación para plantear “una propuesta de modificación reglamentaria en el marco de la legislación básica estatal, ya que el Servicio Catalán de Tráfico, de acuerdo con el ordenamiento jurídico actual, solo tiene facultades de ejecución de dicha normativa”.
Desde Fenadismer recuerdan que la regulación que aprobó hace ahora casi dos años la Administración regional catalana fue recurrida por la propia federación, así como por el propio Comité Nacional de Transporte por Carretera (CNTC), al considerar que “la Generalitat de Cataluña no ostenta competencias para regular sobre dicha materia al corresponder en exclusiva al Estado”.
Argumentaban además las organizaciones de transportistas que la medida tenía como “efecto perverso” una “competencia desleal en el sector del transporte”, toda vez que en la práctica suponía un privilegio para puertos, aeropuertos y estaciones ferroviarias de Cataluña, que atraerían un mayor volumen de mercancías que luego serían trasvasadas a los vehículos de transporte por carretera de 44 toneladas de MMA, a diferencia de lo que se podía hacer en el resto de España.
Así, tal y como informa Fenadismer, el organismo regional ha publicado una instrucción que establece que a partir de hoy, 1 de octubre, las 44 toneladas estarán vetadas en las carreteras catalanas, al igual que lo están en las del resto de España.
“Los vehículos con placas FV rojas (placas de autorización para el transporte de 44 toneladas) deberán ser retiradas y circular estrictamente de acuerdo con las determinaciones de la normativa de circulación y de transportes vigentes”, afirma expresamente la directriz firmada por el organismo catalán.
Desde Fenadismer ponen el acento en el hecho de que “el propio Servicio Catalán de Tráfico reconoce, pese a haber aprobado de forma unilateral dicha medida, que carece de competencias en materia de pesos y dimensiones de los vehículos”. Además, el ente autonómico afirma que la circulación de vehículos de transporte con 44 toneladas de MMA durante 21 meses ha sido “una “prueba experimental por medio de la cual se ha recogido información abundante que permitirá evaluar la incidencia en sus diversos aspectos”.
La Generalitat tendrá en cuenta esa evaluación para plantear “una propuesta de modificación reglamentaria en el marco de la legislación básica estatal, ya que el Servicio Catalán de Tráfico, de acuerdo con el ordenamiento jurídico actual, solo tiene facultades de ejecución de dicha normativa”.
Desde Fenadismer recuerdan que la regulación que aprobó hace ahora casi dos años la Administración regional catalana fue recurrida por la propia federación, así como por el propio Comité Nacional de Transporte por Carretera (CNTC), al considerar que “la Generalitat de Cataluña no ostenta competencias para regular sobre dicha materia al corresponder en exclusiva al Estado”.
Argumentaban además las organizaciones de transportistas que la medida tenía como “efecto perverso” una “competencia desleal en el sector del transporte”, toda vez que en la práctica suponía un privilegio para puertos, aeropuertos y estaciones ferroviarias de Cataluña, que atraerían un mayor volumen de mercancías que luego serían trasvasadas a los vehículos de transporte por carretera de 44 toneladas de MMA, a diferencia de lo que se podía hacer en el resto de España.