Un transitario es una persona física o jurídica que presta servicios en el transporte internacional de mercancías. Es un intermediario entre el exportador o importador y las compañías de transporte.
Los transitarios son mediadores en las operaciones de transporte internacional por cualquier medio de transporte (transporte marítimo, transporte fluvial, transporte aéreo, transporte ferroviario, transporte por carretera o transporte multimodal).
Organiza el enlace entre los distintos transportistas y así asegura la
continuidad del transporte de la mercancía a través de distintos medios
de transporte. Además, es responsable de las operaciones administrativas
relacionadas con el transporte internacional, como trámites aduaneros, gestión financiera, créditos documentarios, contrato de seguro, representación fiscal...
Actúan de forma similar a las agencias de transporte: adoptan la posición de cargador
frente al transportista, y de transportista frente al cargador. La
diferencia fundamental con las agencias de transporte es que no pueden
realizar transporte interior, a no ser que se trate de un servicio
complementario de un transporte internacional.
La figura del transitario está regulada en la mayoría de los países y
sus funciones quedan definidas dentro del ámbito del comercio
internacional. En España, la figura del transitario está regulada por la
Ley 16/1987 de Ordenación del Transporte Terrestre, LOTT, desde 1987.
jueves, 8 de mayo de 2014
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