La Comisión de Fomento del Congreso de los Diputados ha aprobado el proyecto de ley que modificará la Ley de Ordenación de los Transportes Terrestres de 1987(LOTT).
Con esta reforma, el gobierno pretende mejorar la competitividad de un
sector que actualmente atraviesa serias dificultades. Pero, como casi
siempre en este tipo de proyectos, la LOTT se ha convertido en un asunto
controvertido que ha puesto en pie de guerra a varios colectivos del
sector, que denuncian el perjuicio que su puesta en marcha va a suponer
para sus actividades.
Uno de los puntos que ha dado lugar a más opiniones contrapuestas es el relacionado con el transporte ligero.
El rechazo inicial ha sido unánime por parte de colectivos de
transportistas autónomos y pequeños empresarios, que han interpretado
las medidas propuestas como un intento de liberalización del transporte
de vehículos con una MMA de hasta 3,5 toneladas. Con su oposición
pretenden evitar el intrusismo laboral y la desprofesionalización de
este subsector al que, según dicen, llevará la entrada en vigor de la
normativa. Dichos colectivos, además, se oponían frontalmente a la idea
inicial de eximir a estos vehículos de los requisitos hasta ahora
necesarios para ejercer la actividad de transporte, ya que de este modo
se dejaba sin control las inspecciones técnicas y las comprobaciones de
vigencia de la documentación. Finalmente, según nos indica Jorge González, del departamento jurídico de Lextransport,
el Gobierno ha decidido mantener las revisiones periódicas de las
autorizaciones de este tipo de camiones, dando marcha atrás en una de
las medidas que había provocado mayor rechazo, y “se elimina el
requisito de la capitación profesional, que pasa a llamarse competencia
profesional”, aunque todavía no se ha publicado dicha medida en la web
del Congreso.
Otro de los puntos candentes de esta reforma atañía a las cooperativas de transportistas,
las cuales consideraban que la primera propuesta de la LOTT agravaba su
situación al impedirles, con su actual situación jurídica, continuar
desarrollando su actividad. En un inicio, según advertían la Federación
Nacional de Cooperativas del Transporte (FECOTRANS) y el PSOE, el texto
prohibía que determinadas cooperativas pudieran facturar a sus
entidades como hasta ahora. Con el texto aprobado en el Congreso, se
establece que las cooperativas de transportistas y sociedades de
comercialización no estarán obligadas a contar con una autorización de
operador de transporte, siempre que su intermediación se limite a la
comercialización de un servicio prestado por un socio y que éste sí
cuente con autorización.
Siguiendo con los puntos más polémicos de la
propuesta de ley, el mismo Jorge González menciona que, de mantenerse el
artículo 138, la LOTT preverá la responsabilidad del conductor
ya que los empresarios “no responderán de las infracciones cometidas en
relación con los tiempos de conducción y descanso de los conductores o
con la manipulación, falseamiento o uso indebido del tacógrafo cuando
acrediten que los hechos que las determinaron constituían una falta muy
grave de indisciplina o desobediencia cometida por el conductor”.
Por último, otra de las enmiendas aprobadas, que
han supuesto importantes avances aunque no exentos de controversia,
tiene que ver con la acción directa. De este modo, se
prevé que “el transportista que efectivamente haya realizado el
transporte tendrá acción directa contra el cargador principal y todos
los que, en su caso, le hayan precedido en la cadena de subcontratación,
por la parte de la deuda pendiente, en caso de impago del precio del
transporte por quien lo hubiese contratado, salvo en el supuesto
previsto en el artículo 227.8 del texto refundido de la Ley de Contratos
del Sector Público, aprobado por el Real Decreto Legislativo 3/2011, de
14 de noviembre”.
El proyecto de Ley de Ordenación de los
Transportes Terrestres (LOTT) ha pasado el trámite parlamentario y se
encuentra en manos del Senado donde, según apunta Jorge González,
“seguramente se le dé otra vuelta más al proyecto y posiblemente se
puntualicen algunas cuestiones”.
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