jueves, 20 de marzo de 2014

La Cámara de Alicante considera que la nueva Ley refuerza sus funciones de apoyo a las pymes

   El Congreso aprueba el texto definitivo de la Ley de Cámaras de Comercio, Industria, Navegación y Servicios
Ø        Se establecen tres vías principales de financiación: los Planes de Competitividad e Internacionalización y la gestión de fondos europeos
Ø        La norma establece la existencia de al menos una Cámara por provincia
Alicante. 20/03/2014.- El Congreso de los Diputados ha aprobado esta mañana en sesión plenaria la nueva Ley que regulará el funcionamiento de las Cámaras de Comercio, Industria, Servicios y Navegación de España. La aprobación se ha realizado con un amplio consenso parlamentario lo que asegura una estabilidad que permitirá a las entidades centrarse en su auténtica vocación: apoyar mediante servicios de alto valor a las empresas, especialmente a las pymes y micropymes, motores decisivos para la  recuperación de la economía española y la creación de empleo.
Para José Enrique Garrigós, presidente de la Cámara de Alicante, la nueva norma “garantiza la continuidad de nuestra institución y marca la línea que debemos seguir para consolidar su funcionamiento”. En este sentido, el presidente añade que “la financiación llegará por la vía de los planes de competitividad e internacionalización del Gobierno, por la gestión de los fondos europeos y por todos los productos y servicios que en la actualidad ofrecemos a las empresas de la provincia entre los que destacan la formación en general, el desarrollo de la Formación profesional Dual, la implantación de la mediación y el arbitraje y el apoyo a los emprendedores.
Otro aspecto  destacado por el presidente de la Cámara es la aprobación de una enmienda que refleja que debe existir al menos una Cámara por provincia, así como la composición de sus órganos de Gobierno que convierte a las Cámaras “en un auténtico parlamento de las empresas” ya que en su Pleno, máximo órgano de la institución, tendrán representación: Presidentes de Cámaras territoriales, las grandes empresas españolas y la Administración Central. Asimismo, tendrán participación las organizaciones empresariales, las asociaciones de autónomos y las Cámaras de Comercio españolas en el exterior.
El nuevo marco jurídico consolida la eliminación del canon obligatorio a las empresas. La pertenencia de las empresas a las nuevas Cámaras no va a representar ninguna carga económica para éstas, que podrán acceder a sus servicios y participar en sus órganos de gobierno.
En la exposición de motivos se recoge que el Ministerio de Hacienda estudiará el régimen fiscal más favorable para las aportaciones voluntarias de las empresas, siempre con el objetivo prioritario de apoyar la competitividad y la internacionalización de las empresas españolas.
La Comunidad Valenciana tendrá hasta el 31 de enero de 2015 para adaptar su normativa a la nueva Ley de Cámaras de Comercio. Durante los más de tres años de indefinición normativa, la Cámara de Alicante ha llevado a cabo importantes ajustes económicos, organizativos y de personal, para anticiparse y adecuarse a la nueva situación. Hoy, con esta Ley, recupera su estabilidad institucional que le permitirá colaborar con la regeneración del tejido económico, buscando la adaptación de las empresas, sobre todo las más pequeñas, a las necesidades de un mercado global,  a través de la innovación, las tecnologías y el impulso al emprendimiento.  
Aspectos más destacables de la nueva Ley
1. Nuevo modelo, nueva denominación. Las Cámaras pasan a denominarse de “Comercio, Industria, Servicios y Navegación.
2. Ámbito territorial: Existirá como mínimo una Cámara por provincia.
3. Naturaleza como corporaciones de derecho público. El legislador ha reconocido la importancia y necesidad de contar con unas instituciones básicas para el desarrollo económico y empresarial de España.
4. Ejercicio de funciones público-administrativas. Según el Preámbulo de la Ley estas funciones tienen especial relevancia en la regeneración del tejido económico y la creación de empleo.
5. Sus funciones se centran sobre cuatro ejes estratégicos: Internacionalización ((Plan Cameral de internacionalización), Competitividad (Plan Cameral de Competitividad para las pymes)  Formación Profesional Dual y Arbitraje y Mediación.
6. La finalidad de las Cámaras se centran en: la representación, promoción y defensa de los intereses generales del comercio, la industria, los servicios y la navegación, así como la prestación de servicios a todas las empresas.
7. La Ley establece el principio de que todas las empresas formarán parte de las Cámaras y participarán en sus órganos de gobierno, pero este derecho no comporta obligación económica ninguna.
8. Garantiza su sostenibilidad económica, estableciendo un sistema de ingresos, basado en los servicios que presten las Cámaras y en aportaciones voluntarias de empresas o entidades.
9. Crea la nueva “Cámara de Comercio de España”, que nace con la voluntad de constituirse en un órgano de representación y coordinación de la red territorial nacional y la red internacional entre las empresas y las Administraciones públicas. La Cámara de España será la encargada de gestionar, a partir de acuerdos previstos con el Ministerio de Economía y Competitividad, las actuaciones del  Plan Cameral de Internacionalización y el Plan Cameral de Competitividad.

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