El Boletín Oficial del Estado de hoy, 5 de julio, publica oficialmente la reforma de la Ley de Ordenación de los Transportes Terrestres y de la Ley de Seguridad Aérea y fija que entrará en vigor a los veinte días de su publicación, es decir, el próximo 25 de julio.
Este norma incorpora a nuestro ordenamiento interno la normativa europea que rige las condiciones que han de cumplirse para el ejercicio de la profesión de transportista por carretera y el cumplimiento de los requisitos de establecimiento, competencia profesional, capacidad financiera y honorabilidad de las empresas.
De igual modo, los cambios de la LOTT también introducen, en el caso del transporte internacional, las normas de la Unión Europea relativas al acceso al mercado del transporte internacional de mercancías por carretera.
Así mismo, también se añaden nuevas definiciones en lo que respecta a las distintas actividades auxiliares y complementarias del transporte de mercancías para adecuarlas a la realidad actual del mercado, incluyendo la figura del operador logístico, anteriormente no prevista en la LOTT.
En el ámbito mercantil, se potencia la libertad de contratación y de explotación de las actividades de transporte y se refuerza la capacidad de actuación de las Juntas Arbitrales del Transporte. En este sentido, también se flexibilizan los límites que separan la actuación de transportistas y operadores de transporte en el mercado de transporte de mercancías.
La reforma de LOTT nace con la intención, también, de reducir las cargas administrativas para las empresas del sector. Las novedades introducidas en el Registro de Empresas y Actividades de Transporte eliminarán trámites formales y exigencias documentales, aunque se fija la obligación de que las empresas cuenten con un equipamiento informático mínimo,
con el fin de que puedan realizar todos los trámites ante los órganos
de la Administración Pública competentes en materia de transporte por
vía telemática, a medio plazo.
El texto oficial de la reforma de la LOTT también determina que en el
plazo máximo de dos años, la Administración procederá a reforma el Reglamento
que la acompaña y completa, el de Ordenación de los Transportes Terrestres.
Finalmente, la Ley también introduce cambios en el régimen sancionador en materia de transportes, el proceso de otorgamiento de autorizaciones de transporte, así como en las funciones del Comité Nacional de Transporte por Carretera y la composición del Consejo Nacional de Transportes Terrestres.
viernes, 5 de julio de 2013
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