Tendrán que modificar las 
nóminas de diciembre que ya han abonado a sus trabajadores porque 
debieron incluir estos nuevos conceptos correspondientes a los últimos 
nueve días de ese mes
Los directores financieros y los 
departamentos de Recursos Humanos de la mayoría de las empresas andan 
profundamente cabreados estos días con la decisión del Gobierno de 
extender las cotizaciones a los vales de comida o los plus de 
transporte. La medida les ha pillado por sorpresa y han tenido que 
rectificar algunas nóminas de diciembre que ya habían abonado a sus 
trabajadores.
    
  
    Vales de comida de una gran empresa. 
  
  
  Incluir en la cotización los vales de comida o los plus de transporte está trayendo de cabeza a los responsables financieros de las empresas.
A muchas de ellas, el cambio les ha pillado por sorpresa, a la vuelta de las vacaciones de Navidad y con la nómina de diciembre ya abonada a sus empleados.
Fuentes empresariales a las que ha tenido acceso El Confidencial Digital se quejan de que como la medida entró en vigor el 22 de diciembre, al día siguiente de su publicación en el Boletín Oficial del Estado, se exigen ya unas modificaciones en los pagos correspondientes en el último mes del año.
Esto quiere decir que en la nómina de diciembre hay nueve jornadas, las que van entre ese día y el 31, por las que también habrá que cotizar todos estos conceptos.
Y como esos abonos ya se han efectuado, esta situación les está obligando a una rectificación de los pagos que ya han realizado.
A muchas de ellas, el cambio les ha pillado por sorpresa, a la vuelta de las vacaciones de Navidad y con la nómina de diciembre ya abonada a sus empleados.
Fuentes empresariales a las que ha tenido acceso El Confidencial Digital se quejan de que como la medida entró en vigor el 22 de diciembre, al día siguiente de su publicación en el Boletín Oficial del Estado, se exigen ya unas modificaciones en los pagos correspondientes en el último mes del año.
Esto quiere decir que en la nómina de diciembre hay nueve jornadas, las que van entre ese día y el 31, por las que también habrá que cotizar todos estos conceptos.
Y como esos abonos ya se han efectuado, esta situación les está obligando a una rectificación de los pagos que ya han realizado.















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